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Usted está en: Programa de Uso Racional de la Energía (PURE)

 
  • Norma: el Gobierno Nacional ha dispuesto una serie de medidas, en el marco del Programa de Uso Racional de Energía - Gas Natural (PURE-GAS), para favorecer el ahorro de los recursos no renovables y habilitar mayores saldos energéticos para uso industrial.

    Aquí le brindamos mayor información sobre la metodología de cálculo del programa, de acuerdo a las resoluciones de la Secretaría de Energía de la Nación N° 624 y 881/2005, y a lo reglamentado por el ENARGAS según resoluciones N° 3245/05 del 20/07/05 y 3538/06 del 26/06/06.

  • Objetivo: es alentar a los usuarios residenciales y comerciales para que reduzcan o no aumenten el consumo de gas natural con relación a sus consumos de iguales períodos del año 2003.

  • Vigencia: a partir del 15 de abril y hasta el 30 de septiembre de cada año, ambas fechas inclusive. En este período, a los efectos del cálculo de incentivo o cargo adicional, se determinará la parte proporcional del consumo en función a la cantidad de días.

  • Sujetos del Programa

      Activos: los Clientes Residenciales (categorías R1, R2 y R3) y los Comerciales de las categorías SGP-1 y SGP-2. Los mismos tendrán, según corresponda, incentivos sobre el ahorro (descuentos en las facturas de consumo) o cargos adicionales por excedentes de consumo. Explicación

      Pasivos: son los Clientes Comerciales e Industriales (SGP-3, SG-G, Grandes Usuarios y GNC, tanto firmes como interrumpibles). Deberán abonar un "Cargo por Recupero de Incentivos" (CRI), que será el resultante del monto a bonificar a los sujetos "Activos" del programa (incentivos). Explicación

Links Relacionados


Sujetos Activos
  • Categorías: la inclusión de cada cliente en la categoría respectiva R1, R2 o R3, y clientes SG-P (1ª y 2ª escala de consumos), se realizará teniendo en cuenta el consumo del año 2005.

    • En la factura, la categoría del contrato se visualiza en el apartado "Tarifa" (ángulo superior derecho). A la categoría (R1, R2, R3, P1, P2) se le adiciona: "CA" si es de Capital Federal o "PR" si es de Provincia de Buenos Aires

  • Esquema de incentivos y cargos adicionales:

  • Tipo de Cliente Incentivo Cargo adicional
    R1 (hasta 500m3/año) m3 ahorrados respecto a lo consumido en el Período de Referencia No tiene
    R2 (desde 501m3 hasta 1.000 m3/año) m3 ahorrados respecto al 95% del consumo del Período de Referencia m3 consumidos en exceso respecto al 105% del consumo del Período de Referencia
    R3 (desde de 1.001m3/año) y SGP1-SGP2 m3 ahorrados respecto al 90% del consumo del Período de Referencia m3 consumidos en exceso respecto al 90% del consumo del Período de Referencia

  • Particularidades del Programa:

    • Para determinar la inclusión de cada cliente en la categoría respectiva, se considerarán los m3 consumidos durante el 2005, convertidos a 9300 kcal. La categorización de los clientes con alta posterior al 1° de enero de 2005 se realizará teniendo en cuenta el consumo acumulado y hasta completar 6 ó 12 períodos de facturación, según corresponda.

      "Período de Referencia" es el mes o bimestre según corresponda a cada tipo de cliente entre los meses de vigencia del programa, pero del 2003, cuya temperatura media observe la mínima diferencia absoluta respecto de la temperatura media del mes o bimestre del 2006. Para los clientes que no registren consumos en el 2003, se utilizarán los datos del próximo año calendario en el que sí se registren consumos (2004 o 2005)como período de referencia. Para los clientes con alta posterior al 15 de Abril del “Período de Referencia” que no cuenten con 6 ó 12 períodos de facturación, se tomarán los períodos del año siguiente hasta completar un año de consumo.

      "Período Actual" es el mes o bimestre (según corresponda a cada categoría de cliente) a facturar, entre los meses calendario de vigencia del programa.

      Sólo para la aplicación del programa, si la diferencia entre la temperatura media del período actual y la del período de referencia es en valor absoluto mayor a 1,5 °C, se ajustará el consumo del período a facturar. El ajuste en m3 surge de multiplicar la diferencia entre las temperaturas antes mencionadas por los días del período actual y por el “Coeficiente de Variación de Consumo en Función de la Temperatura” ,definido por el ENARGAS (0,598 para clientes R y 1,880 para clientes SGP1 y 2). Si la temperatura media del período actual es menor que la del Período de Referencia, el valor resultante se resta del consumo actual. Caso contrario se suma al consumo actual. El consumo ajustado por temperatura no podrá tener resultados negativos y en tales casos será considerado igual a 0 m3. En la factura se indicarán los datos utilizados en la comparación.

      MetroGAS no percibe ningún beneficio económico por la aplicación de este Programa.

  • Metodología de comparación: Para comparar los consumos, seleccione el Período de Referencia que tenga la temperatura media más próxima a la del Período Actual. En el ejemplo, y para un cliente R1 con un período de 60 días, el Período de Referencia es el N° 3 (100m3 del Período de Referencia comparado con los 120 m3 consumidos en el período facturado del año 2006). Por ser la diferencia de temperaturas mayor a 1.5°C, se ajusta el consumo por Efecto Temperatura (ET) restando el siguiente valor: 2 x 60 x 0.598= 72m3

    Ejemplo

    Período de referencia (2003) Año 2006
    Período Nº Consumo Temp media Temp media Consumo Efecto Temp Consumo ajustado por ET
    2 50 m3 19,6°C        
    3 100 m3 16,5°C 14.5°C 120 m3 -72m3 48 m3
    4 150 m3 1,2°C        

  • Ejemplos de Incentivo y de Cargo Adicional:

    Incentivo (tipo de cliente residencial "R1", Cap. Fed.)

    Consumo de referencia aplicable (A) Consumo 2006 ajustado por ET (B) Diferencia (C=A-B) Incentivo/m3 ahorrado (D) Total incentivo (en pesos) (CxD)
    100 m3 48 m3 52 m3 $ 0,143651 $ 7,46

    Cargo adicional

      Consumo de referencia aplicable (A) Consumo 2006 ajustado por ET (B) Umbral de consumo (C) Diferencia (D=B-C) Cargo adicional por m3 consumido en exceso (E) Total cargo adicional (DxE)
    Cliente R2 (umbral 105%) 260 m3 300 m3 273 m3 27 m3 $ 0,111362 $ 3,00
    Cliente R3 (umbral 90%) 500 m3 600 m3 450 m3 150 m3 $ 0,111362 $ 16,70

    Notas aclaratorias

    • Las sumas por Incentivos o Cargos Adicionales determinadas en un período, se aplicarán en los siguientes.
    • Los Incentivos y Cargos Adicionales generados desde el inicio del Programa hasta el 04/08/06 serán incorporados en la primer factura emitida posteriormente a dicha fecha.
    • El umbral es el porcentaje del consumo del Período de Referencia, a partir del cual se calculan los Incentivos o Cargos Adicionales.
    • Para el cálculo del Incentivo o Cargo Adicional, los m3 ahorrados o consumidos en exceso respecto del umbral, se deberán multiplicar por el valor estipulado para cada categoría de Cliente (Ver “Cuadro de Valores del m3 para Incentivos o Cargos Adicionales”).
    • Para los partidos de L. de Zamora, Alte. Brown, Pte. Perón, Ezeiza, E. Echeverría y S. Vicente se utilizan datos de temperatura del Servicio Meteorológico Nacional (SMN) zona Ezeiza.
    • Para el resto del área de MetroGAS, se utilizan los datos de temperatura del SMN zona Villa Ortúzar.

    Para tener en cuenta

    • Si en el Período de Referencia se hubiera emitido al Cliente una Factura Mínima, se realizará la comparación con el período del 2004 (o, en su defecto, del 2005) con igual o similar temperatura. Si en todos ellos se emitió Factura Mínima, no se aplicará el Programa en ese período.
    • Si en el Período Actual se hubiera emitido una Factura Mínima, no aplicará el Programa para dicho período.
    • Si en el Período de Referencia que registra la menor diferencia térmica no se emitió factura, la comparación se realizará considerando como Período de Referencia el mismo período que el Período Actual. En caso de que en éste tampoco se haya emitido una factura, no aplica el Programa para ese período, sin que ello implique excluirlo como sujeto del mismo.
    • Cuando en el Período Actual se emita una factura con lectura estimada no aplica el Programa en ese período.
    • Si la cantidad de días de los períodos a comparar no fueran iguales, se prorrateará el consumo en función de los días del “Período Actual”.
    • Si en el Período de Referencia se produjo el alta o cambio de titularidad del cliente, el prorrateo del consumo se hará en función de los días del Período de Referencia.
    • Los Incentivos serán aportados por los Sujetos Pasivos del Programa (Clientes SGP3, Firmes e Interrumpibles), en tanto que los Cargos Adicionales cobrados se destinarán a compensar lo aportado por los clientes Firmes para el pago de incentivos. En caso de existir un remanente, éste será depositado en los Fondos Fiduciarios creados para financiar expansiones en el Sistema de Transporte.
    • El Cargo Adicional por Excedente de consumo se calcula multiplicando los m3 consumidos en exceso respecto del umbral fijado para la categoría, por el resultado de $0,11 menos el precio del gas incluido en la tarifa (PIST) más el "Cargo Fideicomiso Gas" corregido por el factor de carga aplicable. Ver en el cuadro siguiente la columna "Valor m3 para Cargo Adicional". Los Cargos Adicionales se destinarán a compensar los aportes de los Clientes Firmes para el pago de Incentivos.

    Valores del m3 para Incentivos o Cargos Adicionales

    Tipo de Cliente Rango de consumo Valor m3 para Incentivo Valor m3 para Cargo Adicional
    Cap Fed Pcia Bs As Cap Fed y Pcia Bs As
    Residencial R1 hasta 500m3/año $ 0,143651 $ 0,147451 No aplica
    Residencial R2 de 501 a 1000 m3/año $ 0,143651 $ 0,147451 $ 0,111362
    Residencial R3 Mayor a 1000 m3/año $ 0,143651 $ 0,147451 $ 0,111362
    SGP1 y SGP2 hasta 1000 m3/mes $ 0,133962 $ 0,137131 $ 0,095627
    SGP1 y SGP2 de 1001 a 9000 m3/mes $ 0,124995 $ 0,128118 $ 0,095627
    SGP1 y SGP2 Mayor a 9000 m3/mes $ 0,116029 $ 0,119106 $ 0,095627

    Nota: Los valores resultantes, a las tarifas vigentes al 1° de julio de 2005, son los que se indican en el cuadro.


    Infografía de factura: Aquí encontrará el lugar en que aparecerá la información referida al PURE-GAS en su factura de consumo.



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  • Sujetos Pasivos
    Consideraciones generales a tomar en cuenta para el cálculo del monto a pagar


    • a) Primero se determina el monto abonado a los sujetos "Activos" en concepto de Incentivos por Ahorro de consumo según Resolución SE 624/05.
    • b) Luego, se obtiene el volumen de gas entregado a los Grandes Usuarios, GNC, SG-G y SGP-3 (excepto hospitales, escuelas públicas y asociaciones civiles o entidades sin fines de lucro que acrediten tal condición).
    • c) En ambos casos, los montos y volúmenes corresponden al conjunto de la Distribuidora y las Subdistribuidoras que operan en su área de licencia.
    • d) El CRI se determinará haciendo el cociente entre (a) y (b).

    • El monto a abonar por cada cliente sujeto "Pasivo" del programa surgirá de hacer el producto entre el respectivo CRI y los m3 de gas facturados al cliente en igual período, y se incluirá en la próxima factura (en línea separada con la siguiente leyenda: "Cargo por Recupero de Incentivos - Res. SE 624/05").

      Importante: A aquellos clientes con servicio "firme" se les restará de la factura la parte proporcional de lo recaudado en concepto de "Cargos por Excedentes de Consumo". Para ello, se realizará el cociente entre el monto total recaudado por dicho concepto -tanto por la Distribuidora como por los Subdistribuidores que operan en su área de licencia- y el volumen total de gas entregado a los clientes con servicio firme. El valor unitario resultante se multiplicará por el volumen de gas firme entregado al cliente, y se restará en la próxima factura del mismo con la leyenda: "Reintegro s/Punto 13, inc. c) Res. SE 624/05".

      El monto a descontar en la factura de un cliente firme por el reintegro mencionado nunca podrá superar al monto que dicho cliente deba abonar en concepto de “Cargos por Recupero de Incentivos”.

      Datos Monto
      Incentivos Abr'06 6.400.000
      m3 facturados clientes pasivos Abr'06 270.000.000
      Cargos Abr'06 400.000
      m3 facturados clientes pasivos FIRMES Abr'06 70.000.000
      m3 facturados cliente 1 Abr'06 150.000
      m3 firmes facturados cliente 1 Abr'06 50.000




      M3 facturados cliente 1 Abr'06 x CRI Abr'06 Cargo a facturar por Abr´06
      150.000 x 0,023704 $ 3.555



      - (m3 FIRMES facturados cliente 1 Abr'06 x Reintegro) Descuento FIRME a facturar por Abr'06
      -(50.000 x 0.005714) - $ 286


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