Durante el lapso de vigencia del aislamiento social, preventivo y obligatorio establecido por Decreto N° 297/2020, los (i) Usuarios no Residenciales y (ii) Usuarios Residenciales nuevos en el servicio, sin histórico de consumo o con datos históricos de consumo menor a un año, podrán informar el consumo de su medidor tal como menciona el Art. 1 de la Resolución