- Probabilidades de adjudicación del premio
Las probabilidades de adjudicación del premio están determinadas por el número de PARTICIPANTES. Así, a modo de ejemplo, si al momento de realizarse el SORTEO hubiera 10.000 (diez mil) PARTICIPANTES, las probabilidades de ser seleccionado como POTENCIAL GANADOR será de 1/10.000 (0,0001%).
- Responsabilidad de los PARTICIPANTES
Serán excluidos del SORTEO aquellos PARTICIPANTES que hubieren proporcionado datos falsos, inexactos y/o incompletos. Está prohibido y será anulado cualquier intento o método de participación en el SORTEO que se realice por cualquier proceso, técnica o mecánica de participación distinta a la aquí detallada. La utilización de técnicas de naturaleza robótica, repetitiva, automática, programada, mecanizada o similar llevará a la anulación de todos los registros realizados por el PARTICIPANTE.
- Responsabilidad del ORGANIZADOR
El ORGANIZADOR no será responsable y, por lo tanto, no asume responsabilidad alguna por cualquier daño y/o perjuicio, de cualquier tipo que fuere, que pudieren sufrir los PARTICIPANTES, POTENCIALES GANADORES, GANADORES y/o terceros en sus personas y/o bienes con motivo de o con relación a su participación en el SORTEO y/o uso del Premio.
El PARTICIPANTE libera al ORGANIZADOR y a sus compañías afiliadas, subsidiarias y matrices, funcionarios, directores, empleados y agentes, de toda y cualquier demanda y/o acción legal de cualquier naturaleza en relación con la participación en el SORTEO y/o con el recibo o uso del Premio.
Con la participación en este SORTEO los PARTICIPANTES aceptan que en caso de ser GANADORES liberan al ORGANIZADOR de toda responsabilidad derivada de daño, muerte, accidente, lesiones y/o perjuicios personales, corporales o patrimoniales que pueda sufrir el GANADOR y/o sus acompañantes y/o terceras personas, con motivo u ocasión de la utilización del Premio. El ORGANIZADOR declina todo tipo de responsabilidad contractual y/o extracontractual frente a los GANADORES y/o terceros, lo que es aceptado incondicionalmente por cada PARTICIPANTE como condición inexorable para participar del SORTEO.
El ORGANIZADOR no se hará cargo de ningún gasto en el que pudieran incurrir los GANADORES con motivo de su participación en el SORTEO. El Premio será remitido por el ORGANIZADOR a su costo al domicilio del suministro del GANADOR indicado en la factura.
- Derecho del ORGANIZADOR
Cualquier cuestión no prevista en estas BASES será dirimida por el ORGANIZADOR a su exclusivo criterio siendo esta decisión inapelable. El ORGANIZADOR podrá cancelar, suspender o modificar estas BASES, sin derecho a reclamo ni indemnización alguna por parte de los PARTICIPANTES y/o terceros.
- Datos Personales
Los datos personales brindados por los PARTICIPANTES serán objeto de tratamiento automatizado e incorporados a la base de datos de titularidad del ORGANIZADOR. La provisión de los datos por parte de los PARTICIPANTES del SORTEO es voluntaria, sin perjuicio de ser un requisito necesario para participar en el SORTEO.
La Agencia de Acceso a la Información Pública, en su carácter de Órgano de Control de la Ley N° 25.326, tiene la atribución de atender las denuncias y reclamos que interpongan quienes resulten afectados en sus derechos por incumplimiento de las normas vigentes en materia de protección de datos personales (conforme artículo 3 de la Resolución 14/2018 de la Agencia de Acceso a la Información Pública).
El titular de los datos personales tiene la facultad de ejercer el derecho de acceso a los mismos en forma gratuita a intervalos no inferiores a seis meses, salvo que se acredite un interés legítimo al efecto conforme lo establecido en el artículo 14, inciso 3 de la Ley Nº 25.326. El titular, además, tiene la facultad de ejercer el derecho de rectificación, actualización, supresión o confidencialidad de los mismos, conforme lo establecido en el artículo 16 de la Ley N° 25.326 y el Decreto Reglamentario 1558/2001.
Asimismo, se hace saber que el titular de los datos personales podrá ejercer los derechos mencionados mediante nota dirigida a MetroGAS S.A., con domicilio en Gregorio Aráoz de Lamadrid 1.360, C.A.B.A.
La participación en el SORTEO implica el otorgamiento por parte del PARTICIPANTE del consentimiento previsto en los artículos 5 y 11 de la Ley 25.326.
- Jurisdicción y Competencia – Ley Aplicable
Las cuestiones judiciales y/o extrajudiciales que pudieran derivarse de este SORTEO se someterán a la jurisdicción de los Tribunales Ordinarios de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
La interpretación, validez y cumplimiento de estas BASES y de los derechos y deberes emergentes de las mismas, se regirán por las leyes de la República Argentina.