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  1. El sorteo
    El sorteo denominado “Sorteo IG” (en adelante, el “SORTEO”) es organizado por MetroGAS S.A., CUIT 30-65786367-6, con domicilio en la calle Gregorio Aráoz de Lamadrid 1360, C1267AAB, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Argentina (en adelante, el “ORGANIZADOR”). El SORTEO es válido sin obligación de compra, con vigencia temporal y territorial conforme a lo indicado en estas bases y condiciones.
  2. Bases y Condiciones
    El SORTEO se rige por estas Bases y Condiciones (en adelante, las “BASES”), las que podrán ser consultadas en forma gratuita en este link (https://www.metrogas.com.ar/terminos-y-condiciones-ig/. El mero hecho de participar en el presente SORTEO implica el conocimiento y la aceptación plena e incondicional de todas las disposiciones contenidas en las presentes BASES, como así también la aceptación de las modificaciones que pudiera realizar el ORGANIZADOR. Se deja expresamente aclarado que ni Facebook, ni Instagram patrocinan, avalan o administran de forma alguna este SORTEO, ni están asociados a él.
  3. Requisitos para ser PARTICIPANTE
    Para poder participar del SORTEO se requiere:
    a) Ser una persona humana mayor de 18 (dieciocho) años de edad;
    b) Ser cliente/usuario de MetroGAS S.A., suministro categoría R – Residencial (quedando excluidos aquellos que representen a Consorcios);
    3.1. Incompatibilidades para participar del SORTEO
    No podrán participar del SORTEO: (i) el personal del ORGANIZADOR (cualquiera sea la modalidad de contratación), de las agencias publicitarias y/o de promoción, y/o de cualquier otro proveedor de productos o servicios contratados por el ORGANIZADOR e involucrados en el presente SORTEO; (ii) los ex-empleados de los antedichos que se hubiesen desvinculado dentro de los 30 días anteriores a la fecha del SORTEO, según se indica más adelante.
  4. Plazo para participar
    El plazo para participar del presente SORTEO comienza el día 10 de marzo de 2025 y culmina el día 17 de marzo de 2025, inclusive.
  5. Sorteo
    El SORTEO será realizado el día 20 de marzo de 2025.
  6. Premio
    Se otorgará una (1) cafetera moka y habrá (1) un ganador.
    El premio es intransferible y no podrá ser canjeado por dinero en efectivo, bienes u otros premios. En caso de que por cualquier circunstancia el GANADOR no pudiese o no quisiese aceptar el premio, el ORGANIZADOR tendrá la facultad de determinar el destino que le dará.
  7. Mecanismo de Participación
    Quien desee participar del SORTEO deberá (i) seguir la cuenta de Instagram de MetroGAS S.A. (@metrogas_ar); (ii) y completar el formulario. En caso de que el PARTICIPANTE no posea un usuario de Instagram deberá crearse uno en forma gratuita en www.instagram.com.
    Cada PARTICIPANTE deberá proporcionar datos veraces y correctos. En caso de que se verificase que el PARTICIPANTE proporcionó información falsa o incorrecta, el ORGANIZADOR podrá disponer, a su exclusivo criterio, la descalificación del PARTICIPANTE y/o la no adjudicación del premio.
    Por el mero hecho de participar del SORTEO, el PARTICIPANTE autoriza de forma gratuita al ORGANIZADOR a difundir su nombre completo y/o fotografías y/o video y/o voz por los medios y formas de comunicación que el ORGANIZADOR considere convenientes, sin límite temporal y/o territorial determinados, renunciando así a cualquier derecho remuneratorio que pudiera caberle.
    El SORTEO será realizado mediante la utilización de un software que elegirá al azar a un (1) PARTICIPANTE que revestirá el carácter de “POTENCIAL GANADOR”, y a diez (10) PARTICIPANTES más que revestirán el carácter de “POTENCIALES GANADORES SUPLENTES”.
    El ORGANIZADOR contactará al POTENCIAL GANADOR por Instagram, correo electrónico y/o telefónicamente, a opción del ORGANIZADOR, dentro de los 2 (dos) días hábiles de realizado el SORTEO.
    En caso de que el POTENCIAL GANADOR no pueda ser contactado por el ORGANIZADOR por cualquier motivo que fuese o no cumpliere con los requisitos establecidos en las presentes BASES, será descalificado y reemplazado por un (1) POTENCIAL GANADOR SUPLENTE.
    7.1 Condiciones de elegibilidad
    Una vez que el POTENCIAL GANADOR acredite ante el ORGANIZADOR el cumplimiento de las condiciones de elegibilidad y asignación detalladas en estas BASES será considerado “GANADOR” y acreedor de del premio. Particularmente, el POTENCIAL GANADOR deberá:
    a) Ser una persona humana mayor de 18 (dieciocho) años de edad;
    b) Ser cliente/usuario de MetroGAS S.A., suministro categoría R – Residencial (quedando excluidos aquellos que representen a Consorcios);
    c) Contestar correctamente las cuatro (4) preguntas de cultura general que se le efectuarán.
    Los GANADORES podrán ser comunicados en las redes sociales del ORGANIZADOR.

IMPORTANTE
El ORGANIZADOR nunca solicitará a los PARTICIPANTES y/o POTENCIALES GANADORES y/o GANADORES que informen datos bancarios (cuentas, claves y/o de tarjetas de crédito/débito). El Sorteo se realizará únicamente en la cuenta oficial de Instagram de MetroGAS (@metrogas_ar).

  1. Probabilidades de adjudicación del premio
    Las probabilidades de adjudicación del premio están determinadas por el número de PARTICIPANTES. Así, a modo de ejemplo, si al momento de realizarse el SORTEO hubiera 10.000 (diez mil) PARTICIPANTES, las probabilidades de ser seleccionado como POTENCIAL GANADOR será de 1/10.000 (0,0001%).
  2. Responsabilidad de los PARTICIPANTES
    Serán excluidos del SORTEO aquellos PARTICIPANTES que hubieren proporcionado datos falsos, inexactos y/o incompletos. Está prohibido y será anulado cualquier intento o método de participación en el SORTEO que se realice por cualquier proceso, técnica o mecánica de participación distinta a la aquí detallada. La utilización de técnicas de naturaleza robótica, repetitiva, automática, programada, mecanizada o similar llevará a la anulación de todos los registros realizados por el PARTICIPANTE.
  3. Responsabilidad del ORGANIZADOR
    El ORGANIZADOR no será responsable y, por lo tanto, no asume responsabilidad alguna por cualquier daño y/o perjuicio, de cualquier tipo que fuere, que pudieren sufrir los PARTICIPANTES, POTENCIALES GANADORES, GANADORES y/o terceros en sus personas y/o bienes con motivo de o con relación a su participación en el SORTEO y/o uso del Premio.
    El PARTICIPANTE libera al ORGANIZADOR y a sus compañías afiliadas, subsidiarias y matrices, funcionarios, directores, empleados y agentes, de toda y cualquier demanda y/o acción legal de cualquier naturaleza en relación con la participación en el SORTEO y/o con el recibo o uso del Premio.
    Con la participación en este SORTEO los PARTICIPANTES aceptan que en caso de ser GANADORES liberan al ORGANIZADOR de toda responsabilidad derivada de daño, muerte, accidente, lesiones y/o perjuicios personales, corporales o patrimoniales que pueda sufrir el GANADOR y/o sus acompañantes y/o terceras personas, con motivo u ocasión de la utilización del Premio. El ORGANIZADOR declina todo tipo de responsabilidad contractual y/o extracontractual frente a los GANADORES y/o terceros, lo que es aceptado incondicionalmente por cada PARTICIPANTE como condición inexorable para participar del SORTEO.
    El ORGANIZADOR no se hará cargo de ningún gasto en el que pudieran incurrir los GANADORES con motivo de su participación en el SORTEO. El Premio será remitido por el ORGANIZADOR a su costo al domicilio del suministro del GANADOR indicado en la factura.
  4. Derecho del ORGANIZADOR
    Cualquier cuestión no prevista en estas BASES será dirimida por el ORGANIZADOR a su exclusivo criterio siendo esta decisión inapelable. El ORGANIZADOR podrá cancelar, suspender o modificar estas BASES, sin derecho a reclamo ni indemnización alguna por parte de los PARTICIPANTES y/o terceros.
  5. Datos Personales
    Los datos personales brindados por los PARTICIPANTES serán objeto de tratamiento automatizado e incorporados a la base de datos de titularidad del ORGANIZADOR. La provisión de los datos por parte de los PARTICIPANTES del SORTEO es voluntaria, sin perjuicio de ser un requisito necesario para participar en el SORTEO.
    La Agencia de Acceso a la Información Pública, en su carácter de Órgano de Control de la Ley N° 25.326, tiene la atribución de atender las denuncias y reclamos que interpongan quienes resulten afectados en sus derechos por incumplimiento de las normas vigentes en materia de protección de datos personales (conforme artículo 3 de la Resolución 14/2018 de la Agencia de Acceso a la Información Pública).
    El titular de los datos personales tiene la facultad de ejercer el derecho de acceso a los mismos en forma gratuita a intervalos no inferiores a seis meses, salvo que se acredite un interés legítimo al efecto conforme lo establecido en el artículo 14, inciso 3 de la Ley Nº 25.326. El titular, además, tiene la facultad de ejercer el derecho de rectificación, actualización, supresión o confidencialidad de los mismos, conforme lo establecido en el artículo 16 de la Ley N° 25.326 y el Decreto Reglamentario 1558/2001.
    Asimismo, se hace saber que el titular de los datos personales podrá ejercer los derechos mencionados mediante nota dirigida a MetroGAS S.A., con domicilio en Gregorio Aráoz de Lamadrid 1.360, C.A.B.A.
    La participación en el SORTEO implica el otorgamiento por parte del PARTICIPANTE del consentimiento previsto en los artículos 5 y 11 de la Ley 25.326.
  6. Jurisdicción y Competencia – Ley Aplicable
    Las cuestiones judiciales y/o extrajudiciales que pudieran derivarse de este SORTEO se someterán a la jurisdicción de los Tribunales Ordinarios de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
    La interpretación, validez y cumplimiento de estas BASES y de los derechos y deberes emergentes de las mismas, se regirán por las leyes de la República Argentina.
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