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ESTACIONES GNC

Toda norma relacionada con la construcción de las instalaciones de una estación de GNC puede ser obtenida en el Ente Nacional Regulador del Gas (Enargas). Para consultas click aquí.

No, debe ser un profesional universitario de una especialidad afín, conforme con las incumbencias de su título habilitante, matriculado en una Distribuidora de Gas, como instalador de primera categoría.

INDUSTRIALES Y COMERCIALES

Los precios de gas en boca de pozo se están actualizando conforme con las resoluciones dictadas por la Secretaría de Energía y teniendo en cuenta la influencia de las importaciones de gas natural y los precios de los nuevos yacimientos no convencionales.

Las componentes de Transporte y Distribución: están retrasadas desde 2001 y su tratamiento está incluido en el proceso de renegociación de los contratos entre las empresas del sector y el Estado Nacional.

El costo del gas natural se ha actualizado hasta la fecha conforme las resoluciones dictadas por la Secretaría de Energía y teniendo en cuenta la influencia de las importaciones de gas natural y los precios de los nuevos yacimientos no convencionales.

MetroGAS está impedida de realizar el suministro de gas natural en boca de pozo a clientes en función del consumo que hubieran registrado en el período de abril de 2003 a marzo de 2004, y en caso de que se trate de una instalación nueva, de los consumos anuales proyectados. Quedarán en esta condición aquellos clientes cuyos consumos reales o proyectados alcancen valores promedio mensual iguales o superiores a los 9000 m3/mes.

Depende del tipo de actividad y del producto. Si el cliente dispone de combustibles alternativos o si su producto o servicio permite stock, adelantar o postergar las entregas utilizando el stock disponible en sus propias instalaciones o en sus clientes, si el producto no es perecedero, etc. estimamos resultaría más conveniente la Tarifa Interrumpible.

Las consideraciones realizadas no constituyen las únicas a tener en cuenta, seguramente el cliente contará con información relevante de su negocio que le permitirá evaluar las ventajas y desventajas de cada alternativa.

Sí, utilizando tubos radiantes de baja intensidad.

Minimizando las pérdidas de calor por las aislaciones, racionalizando los procesos productivos, logrando la máxima eficiencia del quemador sobre la base de la relación gas/aire, mejorando la transferencia de calor en los procesos, etcétera.

Sí, utilizando grupos electrógenos, microturbinas, turbinas y celdas de combustible.

Se puede, utilizando máquinas de absorción, ya sea a base de bromuro de litio-agua o amoníaco-agua.

El recinto debe estar ubicado en concordancia con la Línea Municipal, sobre elevado del terreno circundante, construido de mampostería y de materiales no combustibles.

No, será exclusivo para elementos que tengan relación con las instalaciones de gas.

Deberá poseer dos puertas metálicas, con apertura hacia el exterior, una en la vía pública y otra sobre el interior del establecimiento.

La ventilación del recinto se realizará mediante rejillas, con sistemas de arrestallama incluidos, dispuestas en las paredes del recinto. Estas ventilaciones se ubicarán en la zona segura, con el fin de evitar que un escape de gas pueda afectar la seguridad de las personas o de los bienes.

La instalación de la iluminación será del tipo antiexplosiva, para ambientes peligrosos, que asegure un nivel lumínico uniforme no inferior a 150 lux; a su vez, los materiales empleados serán aptos para este tipo de instalación.

Como elementos de seguridad, se instalarán carteles de advertencia, con la leyenda Peligro Gas, Prohibido Fumar y se instalará un extinguidor de fuego de polvo seco base potásica de 10 kilogramos.

Toda la instalación de un cliente debe ser mantenida por él mismo en las condiciones requeridas por las Autoridades Competentes.
No podrán efectuarse modificaciones a las instalaciones aprobadas sin aviso previo a la Distribuidora mediante la intervención de un instalador matriculado de primera categoría con las incumbencias necesarias y previa aprobación de la documentación por este último presentada.

Toda aquella instalación que no cuente con la debida aprobación de la Distribuidora sea modificación o ampliación de la misma es considerada clandestina, siendo pasible de clausura de suministro.

Cabe destacar que cuando una instalación es clausurada por problemas de índole técnica, por falta de pago, pedido del usuario u otro motivo, previo a la rehabilitación del suministro deberá intervenir un instalador matriculado de primera categoría con las incumbencias necesarias quien certificár que la instalación se encuentra aprobada y en condiciones de funcionamiento.

Debe intervenir un instalador matriculado de primera categoría con las incumbencias necesarias y de tomar suministro la instalación de un gasoducto o ramal de alta presión mayor a 10 kg/cm² a su vez deberá ser un profesional de la ingeniería.

(*) Gran Cliente es aquel a quien se brinda suministro desde un gasoducto o ramal de alta presión, o bien la presión de gas regulada dentro del predio sea superior a 0.020kg/cm².

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