1° Categoría
Te habilita para ejecutar cualquier tipo de instalación doméstica, comercial, industrial o varias.
Considerá que cuando un artefacto supere las 150.000 kcal/hora, deberá estar adjunto con el trámite un responsable que tenga matrícula en combustión.
2° Categoría
Te habilita para ejecutar cualquier tipo de instalación (doméstica, comercial, industrial o varias) siempre que las tomas correspondan a artefactos cuyos consumos individuales no excedan las 50.000 kcal/hora y la presión interna no supere los 200 mm de columna de agua.
3° Categoría
Te habilita para ejecutar cualquier tipo de instalación doméstica, en un predio con una única vivienda (quedando excluidos los suministros que pertenecen a edificios, PH, dúplex y similares), cuyo consumo total no exceda de 5m³/hora y la presión interna no supere los 200mm de columna de agua.
Para realizar un cambio de matriculado sobre un legajo abierto, deberás enviar la nota de solicitud firmada por el cliente, junto con el DNI del mismo y los avales correspondientes (certificado del domicilio, escritura, estatuto, etc. según corresponda). Hacé click aquí para descargar el formulario.
En la factibilidad se evalúa si la red de gas puede abastecer el consumo solicitado y se aprueba el proyecto de gas. El proyecto de gas incluye el recorrido de la cañería, diámetros, materiales, ubicación de medidores y planta reguladora. La factibilidad se solicita mediante el formulario 3.4A y planos (click aquí).
Sí, teniendo en cuenta que para la primera presentación del Form. 3.4.A no es necesario indicar el recorrido de la cañería interna ni la ubicación de los artefactos, en el plano adjunto.
Para solicitar un pedido de inspección (Form. 3.5) deberá completarse el trámite de la factibilidad completa, que incluye el volumen a consumir (detalle de artefactos), plano de proyecto, diámetro de cañerías y ubicación de medidores
Factible es que el domicilio o finca en donde se quiere hacer la instalación interna para el suministro de gas natural cuenta con caño mayor habilitado y abastece caudal.
No factible es que no cuenta con caño mayor por el frente del domicilio o cuando el caño mayor existente no abastece el consumo solicitado.
Observado es cuando el Form. 3.4.A contiene irregularidades u observaciones detectadas en la documentación presentada. Para continuar el trámite, se deberá volver a presentar con las correcciones correspondientes a las observaciones realizadas, siendo responsabilidad exclusiva del matriculado continuar el trámite. De lo contrario, el trámite no avanzará y no podrán ser solicitadas inspecciones.
Desaprobado es cuando el Form. 3.4.A contiene irregularidades, falta de validación por parte del cliente o no se adjunta la documentación mínima necesaria. Para continuar el trámite, se deberá volver a presentar con las correcciones correspondientes . De lo contrario, el trámite no avanzará y no podrán ser solicitadas inspecciones.
Ante una factibilidad Factible o No Factible, se puede iniciar la obra y solicitar inspecciones parciales y finales. Ante un resultado de Observado o Desaprobado, se debe corregir lo solicitado antes de realizar una presentación de inspección.
El caño mayor es el destinado a la distribución del gas y del cual se conecta el servicio domiciliario/industria/comercio. El mismo está ubicado en la vía pública debajo del nivel de vereda o calzada (dependiendo del tipo de presión). La conexión del servicio sólo puede realizarla MetroGAS.
Para solicitar una extensión de red deberás comunicarte a adm_obras_terceros@metrogas.com.ar
Para más información sobre la documentación que deberás presentar hace click aquí.
El formulario 1022, “Notificación de Observación en Instalación Interna de Clientes” es un documento en donde se informan las anomalías de la instalación interna, las cuales tendrás que acondicionar a la reglamentación vigente.
El formulario RT/RS se implementó con la NAG226, en el que se distinguen fallas principales y secundarias. En el mismo se pueden indicar que hubo un corte total o parcial. En el caso de cortes parciales, se especifica un plazo máximo de tiempo para realizar todas las presentaciones y regularizar la situación.
Los formularios pueden entregarse en formato papel o como un talonario con información haciendo click aquí.
Recordá que se debe revisar que toda la instalación se encuentre en condiciones más allá de los puntos detectados/indicados por MetroGAS en el formulario.
El formulario 3.4 A es un documento donde se declara el Proyecto de Instalación de Gas.
Deberá indicar la dirección, N° de puerta, localidad, los datos del cliente, los datos del instalador matriculado, el consumo total de todos los artefactos a instalar con el total de kilocalorías por hora (kcal/h) y el cuadro de calles con la distancia donde proyecta el servicio.
Este formulario se debe presentar junto con plano de las instalaciones internas en los casos de:
La licenciataria realizará el estudio de factibilidad de suministro, a fin de informarle la posibilidad de otorgarle el servicio de acuerdo con el proyecto presentado.
El plano es donde el instalador dibuja el predio con la construcción con vistas en planta y corte, diámetro de la prolongación, ubicación sobre línea municipal de: planta reguladora o futura, ubicación de medidor/medidores de acuerdo a NAG200, con detalles de los mismos, con todos sus ambientes. Todo lo mencionado en un formato y escala de acuerdo a las normas vigentes.
También se debe indicar, el recorrido de la cañería interna del domicilio con sus diámetros y material, ventilaciones de ambiente y ubicación de los artefactos, en escala 1:100. Además, el plano debe estar diferenciado por colores, para cañería interna en rojo, artefactos en negro y ventilaciones en verde, para todo lo existente la línea debe ser de trazo.
Toda instalación con cañería nueva debe encontrarse descubierta en su totalidad para poder verificar la misma. Es potestad exclusiva de la distribuidora evaluar si corresponde una excepción a este requisito, que obligatoriamente llegará a cateos en puntos seleccionados por la distribuidora.
Se pueden realizar tantas inspecciones parciales como se considere necesario para ir tapando las cañerías con el avance de la obra.
El instalador matriculado está en condiciones de construir la instalación interna y luego solicitar la inspección parcial o final por medio del formulario 3.5.
De no ser factible, se puede continuar con el trámite para poder terminar la edificación con toda la instalación de gas. Se realizarán las inspecciones estando no factibles.
El formulario 3.5 es el que comunica la terminación de los trabajos efectuados de manera total o parcial. Mediante la presentación de este formulario se solicitan las inspecciones que debemos hacer en el domicilio.
El formulario 3.5 tiene carácter de Declaración Jurada e indica que se ejecutó y probó la cañería de acuerdo a lo estipulado en la norma NAG200.
La inspección parcial es con la cañería interna, prolongación, ventilaciones descubiertas, en forma fraccionada o en su totalidad y adjuntando su correspondiente plano para ser inspeccionada. Mediante la aprobación de la inspección parcial se autoriza a tapar la cañería.
La inspección final es la comunicación de terminación de trabajos con los artefactos instalados. En el formulario 3.5 se indica la totalidad de los artefactos instalados, kcal/h, matrículas de aprobación y marca de los mismos.
Podrás observar el resultado de la inspección en el portal AVM (Atención Virtual Matriculados).
En el caso de artefactos de capacidad mayor a las 150.000kcal/h, deberá actuar un matriculado de combustión. Previo a los pedidos de inspección parcial y final de combustión, deberá presentar un visado de planos en el que se evaluarán los diámetros y recorridos de las cañerías.
El formulario in situ es un documento que se presenta sólo para aquellos artefactos (nuevos o usados) que:
En el formulario se detallan las características que deben tener todos los artefactos tanto en el ámbito doméstico, comercial o industrial.
NOTA: las cocinas comerciales deberán contar con la aprobación por un organismo de certificación según NAG312 para ser utilizadas en instalaciones domésticas (resolución ENARGAS I/165). Para estos casos, no aplica la presentación del formulario 3.3 in situ.
Este certificado es otorgado por el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y tramitado ante el mismo por un instalador de instalaciones térmicas. Todos los artefactos instalados en CABA que cumplan alguna de las siguientes condiciones deben contar con un certificado de instalación térmica para ser aprobados por MetroGAS:
Es la cañería que estará unida al servicio domiciliario desde el caño mayor.
En redes de baja presión está comprendida desde los 20 cm fuera de la línea municipal y/o los medidores.
En redes de media presión está comprendida luego de la regulación y hasta el o los medidores.
El recorrido de la prolongación y sus protecciones deben cumplir con todo lo indicado en la norma NAG200 y posteriores modificaciones.
El medidor es un artefacto que mide y registra el gas suministrado al domicilio. Tené en cuenta que MetroGAS entrega o coloca el medidor mediante comodato, por lo que no es propiedad de los clientes.
Es un compartimiento de uso exclusivo para el destino de diseño (medición, regulación o medición-regulación). No pueden ser utilizados para otros fines. Ej: depósito o para otros servicios.
No deberá tener candado, rejas, ni llaves.
El corte de servicio y traslado del medidor, debe realizarse a través del formulario 3.4a y los planos, indicando las distancias actuales y futuras y planos. Cuando el legajo queda aprobado (proyecto, formulario 3.4A e instalación, formulario 3.5 e inspección final aprobados), se debe realizar el trámite comercial de solicitud de traslado de medidor.
La cañería interna comprende desde el medidor y el recorrido de la cañería dentro del domicilio hasta los artefactos, ellos incluidos.
Todos los artefactos deben ser instalados según la NAG200 y sus posteriores modificaciones.
Los sistemas de ventilación pueden estar:
No conectados a conductos (Ej.: cocinas, estufas a Rejillas Inferiores, etc.)
Conectados a conductos individuales (Ej.: art. de cámara estanca y abierta).
Los conductos se pueden construir con desarrollo vertical o combinando tramos verticales y horizontales con curvas de 45° o 90°.
Cuando se instalen conductos que combinan tramos verticales y horizontales:
Todas las ventilaciones y los conductos de ventilación deben cumplir con los requisitos de la NAG200 y sus posteriores modificaciones
Dirección: Gral. Gregorio Aráoz de Lamadrid 1360, C1267AAB, Buenos Aires, Argentina.
Consultas y trámites comerciales: 0800-333-6427 (MGAS). Lunes a viernes de 8:30hs a 17:30hs.
E-mail: atencionclientes@metrogas.com.ar
Defensa de las y los Consumidores. Para reclamos ingresá aquí.
Normativa – Terminos y Condiciones
EMERGENCIAS
0800-999-1050
LAS 24HS, LOS 365 DÍAS DEL AÑO
Teléfono alternativo: 0800-333-6427
Consultas y trámites comerciales
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Lunes a Viernes de 8:30 a 17:30 hs